¿Quién puede abrir una cuenta CalABLE para un beneficiario elegible?
Un adulto beneficiario con una discapacidad calificada puede abrir y administrar una cuenta CalABLE.
Si un beneficiario es menor de 18 años o no puede abrir una cuenta por sí solo, debe tener un representante legal autorizado (también conocido como ALR) para que lo haga en su lugar. El ALR puede ser la persona seleccionada por el beneficiario elegible con capacidad legal, la persona que tiene un poder, el curador o tutor legal, el cónyuge, el padre o la madre, el hermano o el abuelo, o alguien designado para recibir beneficios (de forma individual o como organización), en ese orden de prioridad.
Un beneficiario puede tener solo una cuenta ABLE a la vez.