Preguntas frecuentes
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- Abrir una cuenta
- Beneficios
- Cómo funciona la cuenta
- Elegibilidad
- Gastos calificados
- General
- Información fiscal
- Linking bank accounts
- Regalos
- Representante legal autorizado
- Tarjeta de prepago
- Tasas
- ¿El representante legal autorizado (ALR) es dueño de la cuenta junto con el beneficiario?
-
No. Independientemente de quién abre la cuenta, el beneficiario es el único dueño de todos los fondos.
- ¿A quién le pertenece la cuenta?
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El beneficiario es el dueño exclusivo de la cuenta.
- ¿Puedo cerrar y transferir mi cuenta CalABLE a un programa ABLE diferente?
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Sí, pero puede hacer un único traspaso cada 12 meses. Use los formularios de traspaso de la cuenta CalABLE para iniciar el proceso.
- ¿Puedo transferir una cuenta ABLE existente a mi cuenta CalABLE?
- Sí, puede usar el formulario de traspaso ABLE a ABLE para empezar. Tenga en cuenta que puede hacer solo un traspaso cada 12 meses. La cuenta CalABLE también se puede transferir a un miembro elegible de la familia si el traspaso ocurre antes del fallecimiento del beneficiario original que abrió la... Infórmese más
- ¿Mi ubicación importa?
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No. Una cuenta CalABLE está disponible en todo el país para residentes de cualquier estado siempre que cumplan con los criterios de elegibilidad.
- ¿Qué tipo de discapacidades califican para una cuenta?
- Una discapacidad calificada incluye ceguera o un impedimento físico o mental médicamente determinable que resulta en limitaciones funcionales marcadas y severas. La discapacidad deberá haberse desarrollado antes de los 26 años y durará, o ha durado, al menos un año. Además, la discapacidad debe... Infórmese más
- ¿Soy elegible para una cuenta CalABLE?
- Para ser elegible para una cuenta ABLE, el beneficiario deben: Ser ciego o padecer una deficiencia física o mental médicamente determinable que dé lugar a limitaciones funcionales marcadas y graves, y dicha afección se debe haber desarrollado antes de los 26 años y durará o ha durado al menos un... Infórmese más
- ¿Quién puede tener una cuenta?
- Cualquier persona que haya desarrollado una discapacidad o ceguera calificada antes de los 26 años y cumpla con todos los criterios de elegibilidad puede tener una cuenta CalABLE. Si eres mayor de 18 años, podrás abrir tu propia cuenta; en caso contrario, un Representante Legal Autorizado puede... Infórmese más